Detectan un nuevo foco de viruela ovina en Alcázar de San Juan (Ciudad Real)
Un nuevo foco de viruela ovina ha sido declarado en
el municipio ciudadrealeño de Alcázar de San Juan, por lo que la Dirección
General de Agricultura y Ganadería ha determinado nuevas medidas sanitarias a
adoptar en las explotaciones de ovino y caprino en la Zona de Restricción
Adicional (ZRA). Esta zona engloba las provincias de Albacete, Ciudad Real,
Cuenca y Toledo.
Según Europa Press, la resolución ha sido publicada
este viernes en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y explica que en
septiembre de 2022 se declararon focos de viruela en ocho explotaciones de
ganado ovino del municipio de Villaescusa de Haro. Después, en noviembre de
2022 se declararon dos nuevos focos en los municipios de La Alberca de Záncara
y Tébar, repitiéndose en enero de 2023 dos nuevos focos en estos dos últimos
municipios. Finalmente, se ha declarado un nuevo foco en Alcázar de San Juan.
Todas las explotaciones han tomado medidas de
control de enfermedades con refuerzo de medidas de bioseguridad y vigilancia en
las explotaciones, así como la aplicación de medidas de restricción de
movimiento de animales y productos. Además, se ha llevado a cabo una
investigación epidemiológica para tratar de identificar el origen del virus y
los posibles contactos de riesgo.
En este sentido, las medidas en las zonas de
restricción se han reforzado con un control analítico de todas las
explotaciones situadas en el radio de 20 kilómetros de los focos declarados,
por lo que se han analizado en una primera ronda 200 explotaciones y 21.000
animales. Asimismo, los controles analíticos en las explotaciones situadas en
un radio de 10 kilómetros han supuesto poner el foco en 52 explotaciones con
más de 4.500 animales.
Los resultados de estos análisis han permitido
detectar el nuevo foco en Alcázar este mes de marzo, próximo al foco detectado
en febrero, lo que implica el mantenimiento de las medidas en esa zona. No
obstante, en la zona de restricción creada tras la declaración de los focos en
La Alberca de Záncara y Tébar no se ha detectado presencia de la enfermedad.
Ante la situación, se opta por continuar con una
serie de prohibiciones en las comarcas ganaderas más próximas a los últimos
positivos detectados, a la vez que comienza la desescalada de las medidas en
las comarcas ganaderas más alejadas para ir recuperando la normalidad,
permitiendo, en la Zona de Restricción Adicional (ZRA) la entrada de animales
procedentes de explotaciones de reproducción en cebaderos que hayan cumplido una
serie de medidas sanitarias.
Debido a la aparición del nuevo foco, es necesario
establecer nuevas medidas con el fin de modular las medidas de control que
permitan la erradicación total de la enfermedad.
Medidas
Castilla-La Mancha establecerá una Zona Tampón (ZT)
constituida por las explotaciones de ovino y caprino de las Comarcas Ganaderas
de Quintanar de la Orden, Madridejos, Manzanares, Tomelloso y Belmonte, que no
se encuentren incluidas en las Zonas de Restricción (ZR). Habrá una Zona de
Restricción Adicional (ZRA) constituida por las explotaciones de ovino y
caprino de las provincias de Albacete, Ciudad Real, Cuenca y Toledo, que no se
encuentren incluidas ni en las Zonas de Restricción (ZR) ni en la ZT. En la ZT
y la ZRA se permite que los mataderos puedan recibir animales procedentes del
territorio nacional, para su sacrificio. En cuanto a las salidas se autorizan
los movimientos de animales de explotaciones de ovino y caprino, directamente a
un matadero, situado en el territorio nacional, para su sacrificio.
Ovinos y caprinos para el trasladado serán sometidos
a examen clínicos en las 48 horas previas a la carga. Así, los movimientos
entre explotaciones con clasificación zootécnica de reproducción y sus pastos
se permitirán siempre que, tanto la explotación de reproducción como los pastos
estén situados en la ZRA o en la ZT.
Se permitirán entradas procedentes de explotaciones
de reproducción situadas en la ZRA a explotaciones con clasificación zootécnica
cebadero, centro de concentración u operador o tratante, situadas en la ZRA.
Para que se permita el movimiento, deberán vaciar sus instalaciones y proceder
a la limpieza y desinfección de las mismas, siendo comprobada esta por los Servicios
Veterinarios Oficiales.
Se requerirá también la desinfección de los
vehículos que accedan a explotaciones ganaderas de ovino y caprino, con especial
atención a ruedas y bajos.
Esta nueva resolución anula la del 24 de febrero de
la Dirección General de Agricultura y Ganadería, por la que se determinan las
medidas sanitarias a seguir tras varias declaraciones de viruela ovina y
caprina.
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